TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la si- guiente O R D E N A N Z A Nº 18 ------------------------------- ARTICULO 1º.- Fíjanse con retroactividad al 1º de junio de 1973 las remuneraciones al ------------------ Personal Municipal de la Administración Central, en los montos que a continuación se indican:------------------------------------------------------------------ PLANTA PERMANENTE ---------------------------- Intendente $ 3.900.= Secretarios $ 2.424.= Contador $ 2.259.= Tesorero $ 1.714.= Director "A" $ 1.483.= Director "B" $ 1.350.= Secretario Técnico $ 1.385.= Coordinador Servicios Comunitarios $ 1.483.= Jefe de Verificación Impositiva $ 1.350.= Jefe de Inspección Veterinaria $ 1.350.= Médico Jefe $ 1.313.= Farmacéutico y Jefe de Servicio $ 1.313.= Jefe de Seguridad Social $ 1.208.= Administrador del Hospital (48 Horas) $ 1.808.= Médicos Asistentes $ 1.130.= Oficial 2º $ 1.005.= Oficial 3º (48 horas) $ 1.458.= Obstétricas (48 horas) $ 1.458.= Oficial 3º (42 « horas) $ 1.313.= Oficial 3º $ 986.= Jefe de Inspección de Higiene $ 986.= Asistente Social "C" $ 954.= Oficial 4º (48 horas) $ 1.210.= Oficial 4º (37 horas) $ 989.= Oficial 4º $ 831.= Oficial 5º $ 818.= Oficial 6º (48 horas) $ 1.160.= Oficial 6º $ 800.= Oficial 7º $ 789.= Auxiliares Mayores (48 horas) $ 1.128.= Auxiliares Mayores $ 780.= Equipistas (Jornal) $ 37.= Tractoristas (Jornal) $ 36.= Peones (Jornal) $ 34.= PERSONAL TEMPORARIO ------------------------------- Equipistas (Jornal) $ 37.= Obstétrica (48 horas) $ 1.458.= ARTICULO 2º.- Fíjanse con retroactividad al 1º de junio de 1973, los montos de las ------------------ prestaciones que, en concepto de asignaciones familiares, le corres- ponden al Personal Municipal en las cantidades que en cada caso se detallan seguida- mente: Por conyuge $ 84.= Por hijo u otro menor a cargo $ 84.= Por cada hijo u otro menor a cargo a partir del tercero inclusive $ 35.= Por escolaridad primaria $ 42.= Por escolaridad media y superior $ 70.= Ayuda escolar primaria $ 84.= Por cada persona impedida física o mental- mente o por edad para trabajar a cargo del agente $ 49.= Por cada ascendiente en línea directa (pa- dres, abuelos, bisabuelos) no impedidos física o mentalmente o por edad a cargo del agente $ 8,40 Asignación por matrimonio $ 700.= Asignación por nacimiento $ 560.= Por adopción $ 560.= ARTICULO 3º.- A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anterio- ------------------ res, se refuerzan las partidas en el Presupuesto General de Gastos vi- gente que a continuaci¢n se indican: FINALIDAD 1 - ADMINISTRACION GENERAL ------------------------------------------------------ 1.1.1.1.1. Personal Superior $ 5.600.= 1.1.1.1.2. Personal Profesional y Técnico $ 1.560.= 1.1.1.1.3. Personal Administrativo $ 44.140.= 1.1.1.1.5. Personal de Servicio y Maestranza $ 9.806.= 1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $ 5.903.= 1.1.1.3.3. Subsidio Familiar $ 32.210.= 1.1.1.4.1. Al Instituto de Previsión Social $ 7.944.= 1.1.1.4.2. Al I.O.M.A. $ 1.528.= FINALIDAD 2 - SALUD PUBLICA --------------------------------------- 1.1.1.1.2. Personal Profesional y Técnico $ 62.364.= 1.1.1.1.3. Personal Administrativo $ 5.606.= 1.1.1.1.4. Personal Obrero $ 8.412.= 1.1.1.1.5. Personal de Servicio y Maestranza $ 16.800.= 1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $ 7.766.= 1.1.1.3.3. Subsidio Familiar $ 22.870.= 1.1.1.4.1. Al Instituto de Previsión Social $ 12.114.= 1.1.1.4.2. Al I.O.M.A. $ 2.330.= FINALIDAD 3 - SERVICIOS ESPECIALES URBANOS ------------------------------------------------------------- 1.1.1.1.2. Personal Profesional y Técnico $ 23.653.= 1.1.1.1.3. Personal Administrativo $ 2.800.= 1.1.1.1.4. Personal Obrero $ 96.600.= 1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $ 10.255.= 1.1.1.3.3. Subsidio Familiar $ 41.750.= 1.1.1.4.1. Al Instituto de Previsión Social $ 15.999.= 1.1.1.4.2. Al I.O.M.A. $ 3.077.= FINALIDAD 4 - INFRAESTRUCTURA VIAL ------------------------------------------------- 1.1.1.1.2. Personal Profesional y Técnico $ 31.767.= 1.1.1.1.4. Personal Obrero $ 35.000.= 1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $ 5.564.= 1.1.1.3.3. Subsidio Familiar $ 10.441.= 1.1.1.4.1. Al Instituto de Previsión Social $ 8.680.= 1.1.1.4.2. Al I.O.M.A. $ 1.670.= FINALIDAD 5 - BIENESTAR SOCIAL ------------------------------------------- 1.1.1.1.2. Personal Profesional y Técnico $ 4.200.= 1.1.1.1.3. Personal Administrativo $ 7.000.= 1.1.1.1.5. Personal de Servicio y Maestranza $ 1.400.= 1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $ 1.050.= 1.1.1.3.3. Subsidio Familiar $ 12.241.= 1.1.1.4.1. Al Instituto de Previsión Social $ 1.638.= 1.1.1.4.2. Al I.O.M.A. $ 315.= ARTICULO 4º.- Para los refuerzos indicados en el artículo anterior se tomarán fondos ------------------ de la partida del Presupuesto General de Gastos vigente que a con- tinuación se indica: FINALIDAD A CLASIFICAR -------------------------------- 1.4.1. Crédito Adicional $ 561.243.= ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.---------------- ------------------ Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a veinticuatro días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y tres. FIRMADO: Lidia Gallino de Cami- no - Vicepresidente 1º - María Elena Paganini - Secretaria.------------------------------